Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2017
VISTO el EXP-S02:0063573/2017 del registro de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales
Nº 24.449 y Nº 26.363 y su normativa reglamentaria; las Disposiciones
de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N° 571 del 23 de septiembre de
2014, N° 402 del 03 de julio de 2015, N° 500 del 25 de agosto de 2015
y N° 161 del 06 de abril de 2017; y
CONSIDERANDO
Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, actual organismo descentralizado en el
ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE conforme Decreto N° 08/16, cuya misión
es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional,
mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de
seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3º de la mencionada
norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial
en el territorio nacional.
Que dé acuerdo con lo normado en el Art. 14º de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 la Jurisdicción competente del otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, previo a conferirla, requerirá al solicitante un examen médico psicofísico, siendo los contenidos del análisis en vista determinados; homologados y auditados por esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, con el objeto de comprobar las aptitudes físicas; visuales; auditivas y psíquicas del pretendiente en la conducción de vehículos en la vía pública (Inc. a); apdo. 4 y 8 -Mod. Confr. Art. 26 de la Ley Nº 26.363).
Que por intermedio de la Disposición ANSV N° 571/14 (Mod. por
Disp. ANSV N° 402/15), se dispuso la creación e implementación en el
ámbito del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, del REGISTRO NACIONAL DE
MEDIOS DE EXAMEN ELECTRÓNICOS, a fin de registrar los medios de examen
electrónicos para la asistencia de los médicos intervinientes en el citado
examen de aptitud psicofísica.
Que a través de la Disposición ANSV N° 500/15, se aprobó el protocolo para la homologación y registración de los equipos auxiliares de diagnostico y evaluación para la asistencia médica del examen de aptitud psicofísica obligatorio para el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, a fin de ser inscripto en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRÓNICOS.
Que conforme de la Disposición ANSV N° 161/17, se aprobó por única vez y excepcionalmente, el registro de los equipos auxiliares de diagnóstico y evaluación para la asistencia médica del examen de aptitud psicofísica obligatoria para el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, exceptuándose el cumplimiento de lo establecido en el TÍTULO I, artículo 7° apartado n) y m) de la Disposición ANSV N° 500/2015.
Que según lo regulado en la marco normativo referenciado, la
empresa SUMSER S.R.L. (CUIT N° 30-71452269-4), solicitó la registración
del equipos GABINETE PSICOMÉTRICO JT TECNOLOGÍA APLICADA, ante la DIRECCIÓN DEL
SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO.
Que se ha valorado y cotejado el efectivo cumplimiento de los recaudos y requisitos ajustados al protocolo de homologación y registración establecido en la Disposición ANSV N° 500/2015.
Que corresponde certificar el cumplimiento de los recaudos exigidos en la legislación aplicable en la materia y proceder a la registración de dichos equipos en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRÓNICOS.
Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º incisos a) y b) de la Ley Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. - Regístrese provisoriamente e modelo de equipo
GABINETE PSICOMÉTRICO JT TECNOLOGÍA APLICADA en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS
DE EXAMEN ELECTRÓNICOS, creado por Disposición ANSV Nº 571/2014,
correspondiente a la empresa SUMSER S.R.L. (CUIT N° 30-71452269-4).
ARTÍCULO 2°. - La registración dispuesta por el Artículo
precedente mantendrá su vigencia en la medida que se ajuste en los términos y
cumplimiento de la normativa y procedimientos en la materia. Asimismo, la
DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR podrá realizar
auditorías periódicas o permanentes, tendiente a garantizar el adecuado control
y cumplimiento de los recaudos exigidos ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL.
ARTÍCULO 3º. - Regístrese, comuníquese y publíquese en la página
oficial de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
(http://www.seguridadvial.gov.ar), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y cumplido, archívese. — Carlos Alberto Perez.