1. Podrán participar del presente sorteo denominado "Gran Corso Familiar" organizado por el Municipio de San Fernando (en adelante el "Organizador") todas las personas mayores de 18 años que completen el formulario de inscripción para tal efecto que se encuentra en el sitio www.sanfernando.gob.ar/sorteocorso (en adelante los "Participantes").
2. La participación en el concurso implica conocimiento y aceptación sin reservas de estos términos y condiciones (en adelante las "Bases"), los cuales regirán la totalidad de las relaciones entre cada Participante y el Organizador en relación al mismo.
3. La participación en el concurso es totalmente gratuita. Al completar el mencionado formulario de inscripción, los Participantes recibirán en su casilla de correo electrónico un código numérico debidamente identificado que lo habilite a formar parte del sorteo. Cada código se corresponderá con un cupón numerado que represente un único Participante. Se dispondrá de un recipiente para contener la totalidad de los cupones y efectuar el sorteo. Todos los Participantes estarán habilitados para participar del sorteo en cada una de las noches, pudiendo recibir sólo 1 (un) premio por vez.
4. El sorteo se llevará a cabo por partes los días sábado 18, domingo 19 y lunes 20 de febrero de 2023 en el transcurso del evento "Gran Corso Familiar de San Fernando" en la Av. Avellaneda entre Italia y Plus Ultra, San Fernando, Buenos Aires. Será televisado por pantallas con transmisión en vivo y podrá ser observado de forma libre y gratuita. Cada día en la hora que asigne el Organizador, se seleccionará al azar y ante escribano público 1 (un) cupón titular, Ganador del sorteo, y 1 (un) cupón suplente que lo reemplace por eventuales conflictos.
6. Los Ganadores serán notificados fehacientemente por el Organizador en el término de 15 días hábiles posteriores al sorteo, y se corroborará por escrito al momento de la entrega de su premio. Cada Ganador recibirá un e-mail comunicándole lugar y fecha para retirar su premio. Deberá presentarse en día y lugar a definir por el Organizador con su DNI y el e-mail de contestación impreso.
7. Los Premios serán otorgados a discreción del Organizador y son los siguientes:
- 2 vehículos monopatín eléctrico cuyo modelo y características serán determinados por el Organizador.
- 3 conjuntos de estadías de 6 noches en el Hotel Richard, sito en la Ciudad Villa Cura Brochero, Provincia de Córdoba, para 2 adultos con opción de 1 o 2 menores, que podrán el plazo y las condiciones que establezca el prestador del servicio.
- 3 conjuntos de estadías de 6 noches en el Hotel Complejo Ayres de Colón, sito en la Ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, para 2 adultos con opción de 1 o 2 menores.
- 1 'Silla Gamer' cuyo modelo y características serán determinados por el Organizador.
- Premios extra con cantidades y características a determinar por el Organizador en el transcurso del evento.
8. El Premio no incluye ningún otro concepto, bienes o servicios distintos o adicionales al enunciado específicamente. El Premio es intransferible, y no podrá exigirse su canje por dinero o por cualquier otro elemento.
9. El Organizador se reserva el derecho, a su exclusivo criterio, de efectuar filmaciones y/o sesión de fotos protagonizadas por los Participantes (en adelante "las Producciones") y de publicar en la página web del Organizador y/o en cualquier otro medio.
10. Todo Participante, por el mero hecho de participar en la Promoción autoriza al Organizador a utilizar y/o difundir su nombre, documento, datos personales, voz e imagen, ya sean videos o fotografías en los medios, soportes y formas que el Organizador y/o quien éste designe, consideren convenientes. En virtud de esta autorización El Ganador no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. La información concerniente a cada Participante, será almacenada por el Organizador
11. El Participante autoriza a que los datos informados puedan ser utilizados por el Organizador, garantizando la confidencialidad de acceso a los mismos respecto a terceros. El titular de los Datos podrá solicitar el retiro de su nombre de la base de datos enviando un mail a la dirección de correo electrónico comunicacionsanfernando@gmail.com.
12. Cualquier tributo, derecho u obligación, tasa, impuesto aplicable como consecuencia de la participación de un Participante en la Promoción, o la aceptación o entrega del Premio estará a cargo exclusivo y excluyente del Participante, liberando al Organizador de forma expresa de la presente.
13. El Organizador se reserva el derecho exclusivo de realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que consideren conveniente del Ganador del concurso, prestando el mismo plena conformidad a ella.
14. La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de las presentes Bases no importará la nulidad de las cláusulas restantes, las que mantendrán su plena vigencia hasta tanto no sean declaradas nulas por una autoridad facultada por ley a este efecto.
15. El Organizador no responderá por ningún daño o perjuicio que se ocasione a cualquier persona con motivo o debido a la participación de la misma en el Concurso, en cualquier calidad que la misma participe, así como a cualquier reclamo o daño relacionado con cualquier aspecto de la misma. Asimismo, el Participante y/o Ganador del concurso libera expresamente al Organizador de cualquier daño material y/o moral tanto para sí como para terceros respecto a cualquiera de los premios que forman parte del concurso. o incluyendo pero sin limitación, aquellos daños vinculados con el acceso y otorgamiento de cualquiera de los Premios.
16. El Organizador no será responsable por daños, perjuicios y/o pérdidas ocasionadas al Ganador o a cualquier otro tercero, en su persona y/o bienes, con motivo o en ocasión de la aceptación, recepción o utilización del Premio.
17. El Organizador no otorga garantía de calidad, evicción, vicios redhibitorios, títulos perfectos, funcionamiento, ni ninguna otra garantía en relación con el Premio, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los respectivos prestadores. El Organizador no será responsable por ningún daño y/o perjuicio, material y/o moral, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir el Ganador o terceros, con motivo de o en relación con el uso del Premio. Cualquier reclamo que el Participante tenga derecho a realizar en virtud del producto/servicio adquirido como Premio deberá ser dirigido exclusivamente contra la persona específica que los deba proveer o haya provisto al Participante el producto/servicio respectivo, renunciando el Participante de manera expresa a efectuar cualquier tipo de reclamo contra el Organizador por cualquier causa vinculada a la calidad, comercialización, garantías del producto/servicio del que se trate.
18. El Organizador podrá modificar el Premio por otro de la misma especie, de igual o mayor valor, renunciando el Participante de manera expresa a efectuar cualquier tipo de reclamo contra el Organizador.
19. En el caso de que los sorteos no pudiesen realizarse en la hora y fechas estipulados por razones climáticas y/o de fuerza mayor, el Organizador los reprogramará en tanto lo considere necesario y estas Bases mantendrán su vigencia. Estos cambios podrían ser realizados sin aviso previo, aceptando el Participante de manera expresa el presente.
20. El Organizador no se hará cargo de ningún gasto de traslado del Ganador desde y hacia el lugar de entrega del premio. Cualquier costo y/o gasto en que los Participantes deban incurrir para participar del Sorteo y/o para hacerse acreedores del Premio será a su exclusiva cuenta.
21. La participación en el presente Sorteo implica el total conocimiento y aceptación expresa de las Bases y Condiciones, así como de las decisiones que adopte el Organizador con relación a cualquier cuestión no prevista en las mismas.
22. El Organizador determinará con carácter excluyente e inapelable, el criterio a aplicar en cualquier situación no prevista expresamente en las presentes bases, siendo la única entidad interpretativa de las mismas, reservándose los derechos de manera exclusiva para efectuar cualquier tipo de modificación en la realización del presente y de extenderlo o suspenderlo a su solo arbitrio, si así lo considerara, sin previo aviso y sin derecho a reclamo alguno por parte de los participantes, siendo sus decisiones inapelables.
23. Toda relación que en virtud del Sorteo se genere entre cualquier Participante y el Organizador será regida y concertada con total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Juzgados competentes del Departamento Judicial de San Isidro, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.